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Cómo calculamos
Las Cuentas de Casa es un proyecto independiente: no somos un banco ni una asesoría, y no vendemos productos financieros. Aquí explicamos qué fórmulas usamos y de dónde salen los datos, para que puedas comprobar cualquier resultado.
Fuentes oficiales
- IRPF: Ley 35/2006 del IRPF y Reglamento (Real Decreto 439/2007), en el BOE, y el procedimiento de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria.
- Seguridad Social y autónomos: bases y tipos de cotización de 2026 (Orden PJC/297/2026 y Real Decreto-ley 3/2026), publicados por la Seguridad Social.
- Paro: Ley General de la Seguridad Social y cuantías del SEPE, con un IPREM de 600 € al mes.
- Hipotecas y préstamos: sistema de amortización francés y definición de la TAE de la normativa de crédito, tal como la explica el Portal del Cliente Bancario del Banco de España.
- ITP: leyes de cada comunidad autónoma sobre los tributos cedidos.
- Despidos y finiquito: Estatuto de los Trabajadores (artículos 49, 53 y 56).
Fórmulas
Cuota de hipoteca y préstamo
cuota = C · i / (1 − (1 + i)−n), donde C es el capital, i el interés mensual (TIN ÷ 12) y n el número de cuotas. La TAE se obtiene resolviendo el tipo que iguala el dinero recibido (descontada la comisión) con las cuotas pagadas.
Sueldo neto
Bruto menos cotización del trabajador (6,50 %, con base máxima de 5.101,20 € al mes) menos retención de IRPF. La retención se calcula sobre el bruto menos la cotización, 2.000 € de gastos y la reducción por rendimientos del trabajo, aplicando la escala general y descontando los mínimos personal y familiar, con el límite legal del 43 %.
Paro
Base reguladora (media de los últimos 180 días) por el 70 % durante 180 días, el 60 % hasta el día 360 y el 50 % después, con los topes mínimos y máximos según los hijos a cargo.
Qué no tenemos en cuenta
Simplificamos los casos poco frecuentes para que las calculadoras sean fáciles de usar: discapacidad, pensiones compensatorias, contratos anteriores a 2012 en los despidos, bonificaciones autonómicas del ITP o escalas autonómicas del IRPF, que solo se aplican en la declaración de la renta. Cada calculadora lo indica cuando afecta al resultado.
Cuándo revisamos los datos
Cada enero, cuando se publican los nuevos tipos y bases, y siempre que cambia una norma que afecte a los cálculos. La última revisión es de octubre de 2026.
Errores y sugerencias
Si encuentras un resultado que no cuadra con tu nómina o con la oferta de tu banco, escríbenos a contacto.lascuentasdecasa@gmail.com con los datos que usaste. Lo revisamos y, si hay un error, lo corregimos.